La rendición de cuentas de los partidos
La Constitución Federal de la República Federativa de Brasil de 1988, dispone en su Artículo 17 a respecto de la obligación de rendición de cuentas de parte de los gremios partidarios a la Justicia Electoral del País.
Esa obligación de rendición de cuentas es una exigencia anual para los partidos políticos y está regulada en el Capítulo I del Inciso III de la Ley nº 9.096/1995.
Consulta sobre la rendición de cuentas
El DivulgaSPCA presenta las cuentas anuales de los partidos políticos en todo el País. El nombre es referente a los datos inclusos en el Sistema de Rendición Anual de Cuentas (SPCA por su acrónimo en portugués).
Por medio de este sistema se puede obtener informaciones respecto a las rendiciones de cuentas de los directorios de los partidos, con los gastos efectuados y los recursos financieros y/o estimados en efectivo que sean recaudados para la manutención de las agremiaciones debidamente especificadas. Esa transparencia permite a la sociedad el ejercicio del control sobre los fondos recaudados y los gastos incurridos.
El sistema está disponible en Internet para todos los ciudadanos. Para acceder-lo, no hay necesidad de registro previo ni autenticación del nombre del usuario.